Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual de doscientos escudos a don Tulio Garcés Rojas. El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
