Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese un suplemento de ochenta mil pesos ($ 80,000) al ítem 1,915, partida 7.a del Presupuesto de Justicia que consulta fondos para cubrir el mayor gasto que se ocasione en los diferentes servicios de los establecimientos penales, i otro de veinte mil pesos ($ 20,000) al ítem 1,992, partida 10.a del mismo Presupuesto que consulta fondos para el pago de empleados suplentes.
📜 Texto Legal Técnico
