Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia, y abónanse para todos los efectos legales, en la Hoja de Servicios de doña Iris Sepúlveda Mora, los 6 años y 10 meses, comprendidos desde Marzo de 1950 a Diciembre de 1954 y desde Marzo de 1955 a Abril de 1957, que sirvió como profesora en el Colegio Universitario, Particular N.o 24, de Chillán, y en la Escuela Particular N.o 32, Hogar San Pascual, de esa misma ciudad. Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por el período a que se refiere el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre la base de la renta imponible de la primera renta mensual de que haya disfrutado la beneficiaria con posterioridad al mencionado período.
