Artículo 1º.- Fíjase la siguiente planta de personal para la Municipalidad de Cholchol. PLANTA CARGOS GRADOS Nº CARGOS ALCALDES Alcalde 5º 1 DIRECTIVOS Administrador 7º 1 Municipal Secretario Comunal 7º 1 de Planificación Director de 7º 1 Desarrollo Comunitario Director de 7º 1 Obras Municipales Director de Control 8º 1 Secretario Municipal 8º 1 Directivo PROFESIONALES Profesionales 8º 3 Profesionales 9º 2 JEFATURAS Jefatura 9º 1 Jefatura 10º 1 TÉCNICOS Técnico 11º 1 Técnico 12º 1 Técnico 13º 1 Técnico 14º 1 ADMINISTRATIVOS Administrativos 13º 2 Administrativos 14º 2 Administrativos 15º 3 AUXILIARES Auxiliares 15º 2 Auxiliares 16º 2 Auxiliar 17º 1 Auxiliar 18º 1 TOTAL CARGOS 32
Artículo 2º.- Establécense los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción en los cargos que se indican: PLANTA CARGOS GRADOS REQUISITOS DIRECTIVOS Director de 7º Requerirá Control alternativamente título profesional de Ingeniero Comercial; Abogado; Contador Auditor o de Administrador Público. Secretario 8º Requerirá título Municipal profesional de Abogado o de Administrador Público. PROFESIONALES Profesional 8º Un cargo requerirá alternativamente, título profesional de Ingeniero Comercial; Ingeniero Civil; Abogado; Arquitecto; Contador Auditor o de Administrador Público. JEFATURAS Jefatura 9º Requerirá, alternativamente, título profesional de Contador Auditor; Contador Público; Administrador Público, o título técnico en el área de administración de recursos financieros o de personal. AUXILIARES Auxiliar 15º Un cargo requerirá licencia de conducir clase A Auxiliar 16º Un cargo requerirá licencia de conducir clase A
Artículo 3º.- Determínase el siguiente porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Nueva Imperial que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º transitorio de la Ley Nº19.944 deberán ser adscritos a la planta de personal establecida en el artículo 1º precedente. PLANTA PORCENTAJE Profesionales 25 % Técnicos 7 % Administrativos 33,3 % Auxiliares 11 %
Artículo 4º.- De conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 1º transitorio de la Ley Nº19.944 destínase un 26 % del total del Fondo Común Municipal de la comuna de Cholchol correspondiente al año 2004, para financiar la instalación del respectivo municipio.