Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Se declara libre de derechos de internacion el cloruro de platino que se importe al pais para usos industriales.
📜 Texto Legal Técnico
DECLARA LIBRE DE DERECHOS DE INTERNACION EL CLORURO DE PLATINO
Ley 2468 · 1 artículos · Versión BCN: 1911-02-09 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO UNICO.- Se declara libre de derechos de internacion el cloruro de platino que se importe al pais para usos industriales.