Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para que pida nuevas propuestas públicas para la ejecucion de las obras que deberán llevarse a cabo para el mejoramiento del puerto de Valparaiso, en conformidad con las prescripciones de la lei núm. 2,390 de 7 de Setiembre de 1910.
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