Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Julia Graciela Adriana Silva Gerlach, una pensión de Eº 70 mensuales, sin perjuicio de la de montepío que actualmente percibe. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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