Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para que comisione al Ministro de la Corte Suprema don Vicente Aguirre Vargas, para que estudie en Europa, hasta el 31 de Diciembre de 1912, los servicios del órden judicial dependientes de la administracion de justicia, debiendo a su regreso presentar el informe del caso. El señor Aguirre Vargas recibirá como única remuneracion, por el desempeño de esta comision la cantidad de veinticuatro mil pesos oro de 18 d., i retendrá la propiedad de sus empleos.
