Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Segrégase de la 10.a subdelegacion "Chocalan", del departamento de Melipilla, el distrito núm. 4 "Naltahua"; i anéxasele a la 2.a subdelegacion " El Monte", del mismo departamento, en la cual tendrá el núm. 5, con los límites que le están asignados en el decreto de 14 de Enero de 1889.
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