Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase a la suma de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Augusta Mucke viuda de Infante. El mayor gasto que signifique la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del Ministerio de Hacienda.
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