Artículo 1
Artículo 1º.- Otórgase la calidad de cargos de carrera, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar, respecto del Ministerio y Servicios que se indican: a) Secretaría y Administración General del Ministerio de Minería Denominación Grado Nºcargos Jefe Departamento 6º 1 Jefe Departamento 9º 1 b) Comisión Chilena del Cobre Denominación Nivel Nºcargos Secretario General III 1 c) Servicio Nacional de Geología y Minería Denominación Categoría Nºcargos Jefe Departamento 5 8 Jefe Departamento Información y Difusión 7 1 Jefe Departamento Jurídico 8 1 Jefe Departamento Planificación 8 1 Jefe Departamento Seguridad Minera 9 1 Jefe Departamento Propiedad Minera 10 1 d) Comisión Chilena de Energía Nuclear Denominación Grado Nºcargos Jefes Deptos. 5º 3
