Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Se declaran de utilidad pública los terrenos ubicados en Batuco, comprendidos en los siguientes límites: Por el Oriente, el canal o zanjon por el que desagua la Laguna de Batuco, Al Norte, una linea que, partiendo de dicho zanjon, vaya a encontrar el deslinde N. de la propiedad que ha ofrecido en venta al Gobierno el señor Felipe Tupper, i que continúe por este deslinde hasta llegar a la cumbre mas alta que hai al Poniente. Por este costado, una linea que vaya 15 metros mas al Poniente de la línea que fijen por ese lado las cumbres mas altas. Al Sur, una linea que, partiendo del mismo zanjon antes mencionado, continúe por el terraplen de la antigua via del ferrocarril Decauville que conducia a la mina Desengaño, i siguiendo esta direccion, vaya rectamente a encontrar la linea que marca el límite Poniente.
