Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a doña Amelia Lanas Barbe, su actual pensión a la suma de ciento cincuenta escudos mensuales (Eº 150). El mayor gasto que demande la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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