Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que disfruta la señora Rebeca Madrigal viuda del ex Diputado Luna, a doscientos escudos mensuales. El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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