Artículo PRIMERO
Artículo primero.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de tres millones setenta i cuatro mil quinientos ochenta i cuatro pesos ($ 3.074,584) en pagar durante el año 1913 los sueldos correspondientes a 3,220 individuos de tropa a contrata que mantendrá en efectivo como complemento de los que consulte la lei de Presupuestos para el mismo año.
