Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- En atencion a los servicios prestados por el Secretario de la Cámara de Diputados, don Néstor Sánchez, que se encuentra imposibilitado para continuar en el desempeño de sus funciones, concédese el derecho de jubilar con el sueldo íntegro asignado a su empleo.
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