Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese un suplemento de veinticinco mil cuatrocientos setenta i seis pesos ($ 25,476) moneda corriente, al item 649 del Presupuesto de Marina, para racion de doscientos ochenta i cinco individuos de las Gobernaciones Marítimas. De los items 716 i 717 del Presupuesto vijente de Marina correspondientes a la Escuela Náutica de Pilotines, se dejará sin invertir las cantidades de $ 10,000 i $ 5,000 oro respectivamente.
📜 Texto Legal Técnico
