Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Esmeralda Barrientos viuda de Sabioncello, una pensión de Eº 75 mensuales. El gasto que signifique la aplicación de esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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