Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Milagros Ramírez Cofré una pensión de gracia ascendente a la suma de treinta y cinco escudos mensuales. El gasto que importe la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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