Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Santiago para contratar con alguno de los Bancos de esta ciudad, un empréstito en cuenta corriente hasta por la suma de un millon de pesos ($ 1.000,000), cuyo producido se destinará a la atencion de los servicios municipales en lo que resta del presente año. Este empréstito deberá ser cancelado en el plazo de un año.
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