Artículo UNICO
Artículo único.-Se autoriza al Presidente de la República para devolver a don Pedro Elisetche la suma de seiscientos diecisiete pesos cuatro centavos ($ 617.04). enterados en la Aduana de Coronel, por pago de derechos de internacion de la póliza N.° 3,308, correspondiente a bultos que contenian juguetes para niños.
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