Ley de Drogas (20.000)

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Lenguaje Simple

SUSTITUYE LA LEY Nº 19.366, QUE SANCIONA EL TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTROPICAS

Ley 20000 · 83 artículos · Versión BCN: 2005-02-16 · Ver en LeyChile ↗

Artículo 1

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga con cárcel y multas de 40 a 400 UTM a quien fabrique, prepare o extraiga drogas ilegales sin autorización. Si las sustancias causan daños menores, la pena se puede rebajar. También sanciona a quien tenga en su poder equipos o materiales destinados a fabricar estas drogas.

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Artículo 2

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona con cárcel y multa de 40 a 400 UTM a quien produzca, transporte o comercialice sustancias químicas esenciales o precursores destinados a fabricar drogas ilegales. Si cometes estos actos sin conocer dicho destino final debido a una negligencia grave, recibirás una pena de cárcel menor.

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Artículo 3

Explicación en Lenguaje Simple:

Aplica las penas de fabricación de drogas a quienes trafiquen con sustancias ilegales o sus materias primas, y a quienes promuevan o faciliten su consumo. Se considera tráfico realizar actos como importar, exportar, transportar, poseer, guardar, comprar, vender o regalar estas sustancias sin la autorización correspondiente.

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Artículo 4

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga con cárcel y multa de 10 a 40 UTM a quien tenga, transporte o porte pequeñas cantidades de droga, a menos que justifiques que son para un tratamiento médico o para tu consumo personal exclusivo y cercano en el tiempo. Se sanciona igual a quien facilite pequeñas dosis a otros.

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Artículo 5

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona con cárcel y multa de 11 a 20 UTM a quien administre drogas a otra persona sin su consentimiento. Si usas violencia o intimidación para obligarla a consumir, la pena de cárcel será mayor. Si el acto busca facilitar la comisión de otro delito, se suman las penas correspondientes.

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Artículo 5BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga con cárcel y multa de 80 a 400 UTM a quien entregue o venda a menores de edad productos con solventes o gases inhalantes dañosos como el tolueno o benceno. Dependiendo de la gravedad del caso, el juez también puede ordenar la clausura de tu establecimiento comercial.

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Artículo 6

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona al médico, dentista o veterinario que recete drogas de las indicadas en la ley sin que exista una necesidad médica o terapéutica real. La pena consiste en presidio mayor y una multa que va de 40 a 400 UTM.

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Artículo 7

Explicación en Lenguaje Simple:

Si estando autorizado para entregar drogas de uso legal lo haces fuera de las reglas y reglamentos, serás sancionado con cárcel y multa de 40 a 400 UTM. El tribunal puede ordenar la clausura temporal del local por hasta 120 días, o definitiva si el delito se repite.

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Artículo 8

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga con cárcel y multa de 40 a 400 UTM a quien siembre o cultive marihuana u otras plantas alucinógenas sin autorización, salvo que justifiques que es para tu consumo personal exclusivo y próximo. Se justifica el cultivo médico si presentas la receta médica correspondiente, que prohíbe la combustión.

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Artículo 9

Explicación en Lenguaje Simple:

El Servicio Agrícola y Ganadero otorga los permisos de cultivo. No pueden obtenerlos personas condenadas por delitos de esta ley o con suspensión condicional del procedimiento vigente, lo que aplica también a representantes de empresas. La autorización se suspende automáticamente si se formaliza una investigación criminal en tu contra.

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Artículo 10

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona al cultivador autorizado que desvíe plantas, flores o semillas al tráfico ilícito con penas de cárcel y multas. Si por descuido dejas plantas en zonas públicas de fácil acceso o no cumples con el cierre de seguridad y destrucción exigido, recibirás penas de prisión y multa.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 11

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres dueño, administrador o tienes a cargo una propiedad o vehículo y los entregas o facilitas a un tercero sabiendo que los usará para fabricar, cultivar o traficar drogas, recibirás la misma pena de cárcel asignada a ese delito.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 12

Explicación en Lenguaje Simple:

Si eres responsable de un local comercial, bar, hotel, recinto deportivo o colegio y permites o toleras el tráfico o consumo de drogas en su interior, serás sancionado con cárcel y multa de 40 a 200 UTM, además de la posible clausura temporal o definitiva del establecimiento.

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Artículo 13

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona con cárcel y multa de 40 a 400 UTM al funcionario público que descubra o se entere de un delito de tráfico de drogas debido a sus funciones y no lo denuncie de inmediato a la policía, a la fiscalía o a los tribunales de justicia.

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Artículo 14

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga con cárcel al personal militar, de la PDI, Gendarmería o Aeronáutica que consuma, guarde o porte drogas ilegales, incluso si son para su uso personal exclusivo. La pena de cárcel aumenta si el consumo se realiza estando de servicio, portando armas o en recintos militares.

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Artículo 15

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona con cárcel y multa de 10 a 100 UTM a oficiales y tripulantes de naves de la marina mercante que consuman o porten drogas para uso personal a bordo o en sus funciones. Esta pena no se aplica si justificas el uso por un tratamiento médico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 16

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga por el solo hecho de asociarse o formar una organización destinada a traficar drogas. Quien financie, dirija o planifique los delitos recibirá una pena de cárcel mayor. Quien colabore entregando armas, vehículos o refugio recibirá una pena levemente menor.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 17

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que ponerse de acuerdo con otras personas para cometer cualquiera de los delitos de drogas descritos en esta ley se castigará como conspiración, aplicando la pena del delito correspondiente reducida en un grado.

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Artículo 18

Explicación en Lenguaje Simple:

Determina que todos los delitos contemplados en esta ley se considerarán legalmente terminados y se castigarán con la pena completa desde el momento en que comiences a realizar los primeros actos para ejecutarlos, sin requerir que se concrete el tráfico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 19

Explicación en Lenguaje Simple:

Aumenta la pena de cárcel en un grado si actúas en grupo, usas armas o violencia, vendes o facilitas drogas a menores o incapaces, eres funcionario público, usas a niños para delinquir o traficas dentro o cerca de colegios, centros deportivos, sociales o cárceles.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 20

Explicación en Lenguaje Simple:

Determina que en los delitos de drogas no se aplicará la atenuante de haber procurado reparar con celo el mal causado o evitar sus consecuencias nocivas, por lo que esta conducta no permitirá rebajar la pena.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 21

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que para considerarte reincidente y aumentar tu castigo se tomarán en cuenta las condenas definitivas que hayas recibido en el extranjero por delitos de drogas, incluso si no cumpliste la pena en ese país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 22

Explicación en Lenguaje Simple:

Este artículo fue derogado: ya no tiene contenido vigente.

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Artículo 23

Explicación en Lenguaje Simple:

Autoriza a la Fiscalía a permitir la circulación, entrada o salida del país de cargamentos de droga sospechosos bajo vigilancia policial. Esta técnica de entrega vigilada busca identificar a los líderes de la organización criminal y descubrir sus rutas y planes de tráfico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 24

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite interceptar llamadas telefónicas, revisar correspondencia y copiar comunicaciones para investigar cualquier delito de esta ley. Para autorizar la medida basta con describir al sospechoso si no se sabe su nombre, y la fiscalía puede archivar provisionalmente el caso si no hay resultados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 25

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite a la Fiscalía autorizar a policías para actuar como agentes encubiertos con identidad falsa para infiltrarse en bandas, o como agentes reveladores fingiendo comprar droga para detener a los vendedores. También regula el uso de informantes para conseguir datos de las organizaciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 26

Explicación en Lenguaje Simple:

Faculta a los fiscales para realizar investigaciones y diligencias fuera de Chile para conseguir pruebas sobre tráfico de drogas, pudiendo pedir ayuda directa a los consulados y embajadas chilenas en el extranjero.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 27

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite pedir al juez, en secreto antes de formalizar cargos, prohibir la salida del país de sospechosos por máximo 60 días. También permite congelar cuentas bancarias o prohibir contratos sobre bienes y dineros bajo sospecha de provenir del narcotráfico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 28

Explicación en Lenguaje Simple:

Exige a notarios, conservadores de bienes raíces y archiveros entregar de forma rápida y gratuita toda la información, copias de escrituras y documentos que les pida la Fiscalía para investigar delitos de drogas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 29

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona con penas de cárcel a la persona que se niegue o ponga resistencia sin una justificación legal para entregar a los fiscales los documentos, escrituras o informes solicitados en las investigaciones.

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Artículo 29BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite realizar exámenes médicos y radiografías a personas durante un control de identidad fronterizo o migratorio si existen sospechas fundadas de que transportan droga oculta dentro de su cuerpo (tragada o introducida).

💡 Explicación Sencilla

Artículo 30

Explicación en Lenguaje Simple:

Si un testigo, perito, informante o policía corre peligro por colaborar en el caso, la Fiscalía ordenará medidas de protección para resguardar su vida y su identidad. Esto incluye ocultar sus nombres y datos personales de los registros del juicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 31

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe divulgar la identidad, tomar fotografías o grabar la imagen de los testigos y peritos que tengan protección de identidad. Si revelas esta información protegida, serás castigado con penas de cárcel, y los medios de comunicación arriesgan multas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 32

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite tomar la declaración de testigos protegidos o policías encubiertos de forma anticipada o durante el juicio usando distorsión de voz, pantallas u otros medios que impidan ver su rostro, previo control secreto de su identidad real por parte del juez.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 33

Explicación en Lenguaje Simple:

Garantiza que la Fiscalía o el tribunal ordenarán protección de la policía para el testigo, perito o cooperador que lo necesite por su seguridad, medida que se puede mantener durante el juicio e incluso después de que este haya terminado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 34

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que la protección de testigos puede incluir la entrega de dinero y ayuda económica para facilitar que la persona cambie de domicilio, se traslade y logre integrarse de forma segura en un nuevo lugar de residencia.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 35

Explicación en Lenguaje Simple:

El juez puede autorizar el cambio de nombre y apellidos de un testigo protegido tras el juicio. El trámite ante el Registro Civil es secreto, sancionándose penalmente al funcionario que lo revele o al beneficiario que intente usar maliciosamente su antigua identidad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 36

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite a la Fiscalía mantener en secreto ciertas partes de la investigación, documentos o registros frente a los sospechosos y defensas hasta que termine la investigación, con el fin de proteger la vida y seguridad de los testigos o policías infiltrados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 37

Explicación en Lenguaje Simple:

Castiga con penas de cárcel a quien divulgue información de una investigación declarada secreta o revele los nombres e identidad real de los testigos o policías que cuenten con protección de identidad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 38

Explicación en Lenguaje Simple:

La investigación de drogas es siempre secreta para el público general. Además, la fiscalía puede declarar el secreto para los propios sospechosos por hasta 120 días, prorrogables con permiso del juez. Quien difunda información sobre estos casos secretos recibirá penas de cárcel.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 39

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite que el juez de garantía, a solicitud de la Fiscalía, amplíe el plazo de detención del imputado hasta por un máximo de cinco días. Esta extensión se otorga cuando sea necesaria para asegurar el éxito de alguna diligencia específica de la investigación de drogas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 40

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite que el juez entregue temporalmente los vehículos, inmuebles y bienes incautados a instituciones públicas, policías o fundaciones privadas sin fines de lucro dedicadas a la prevención, rehabilitación del consumo de drogas o al control del narcotráfico. Cada institución debe financiar el mantenimiento con su propio presupuesto.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 40BIS

Explicación en Lenguaje Simple:

Autoriza al juez a ordenar la venta anticipada de bienes incautados, como vehículos motorizados, bienes bajo sospecha de seguir usándose para delitos, o aquellos que puedan deteriorarse rápidamente o cuya mantención sea muy cara. El dinero obtenido se conserva mientras se decide el resultado del juicio.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 41

Explicación en Lenguaje Simple:

Las drogas y sustancias químicas incautadas deben entregarse al Servicio de Salud correspondiente en un plazo de 24 horas, prorrogable a 48 horas en casos especiales. El Servicio de Salud debe destruir las sustancias en un plazo de 15 días, guardando solo una muestra técnica para análisis químicos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 42

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona a los funcionarios que se atrasen en entregar o destruir las drogas incautadas con una multa del cinco por ciento de su sueldo imponible mensual por cada día de retraso. El total acumulado de la multa no podrá superar el monto de su sueldo mensual.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 43

Explicación en Lenguaje Simple:

El Servicio de Salud debe enviar a la Fiscalía en un plazo máximo de 30 días un informe químico detallado sobre la droga incautada, especificando su peso, pureza y peligro. Debe guardar una muestra por hasta dos años para posibles nuevos análisis antes de proceder a su destrucción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 44

Explicación en Lenguaje Simple:

Si la cantidad de droga o plantas incautadas es muy grande o se encuentran en un lugar que dificulta su traslado y almacenamiento, el juez de garantía puede ordenar que sean destruidas o quemadas en el mismo lugar del hallazgo, guardando las muestras necesarias.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 45

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que al ser condenado perderás definitivamente en favor del Estado todos los inmuebles, vehículos, dinero, utilidades y bienes usados para cometer el delito de drogas, o aquellos que provengan de sus ganancias directas o indirectas, incluso si han sido traspasados a terceros que conocían su origen.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 46

Explicación en Lenguaje Simple:

Los bienes decomisados se venderán en subasta pública por la Dirección de Crédito Prendario (Dicrep) o se destruirán si no tienen valor. El dinero recaudado ingresará a un fondo especial del Ministerio del Interior destinado a programas de prevención, rehabilitación y control del tráfico de drogas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 47

Explicación en Lenguaje Simple:

Faculta a la Fiscalía para solicitar y entregar ayuda internacional directa a otros países para investigar delitos de drogas, según los tratados vigentes. Permite compartir información reservada o secreta, siempre que se garantice su confidencialidad y que solo se use para investigar estos mismos delitos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 48

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que todos los delitos contemplados en esta ley permiten la extradición de los sospechosos o condenados, tanto para traerlos a Chile como para enviarlos al extranjero, incluso si no existe un tratado de extradición vigente con el país involucrado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 49

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite al Ministro de Justicia autorizar que los ciudadanos extranjeros condenados en Chile por delitos de drogas cumplan sus penas de cárcel en sus respectivos países de origen, de acuerdo a tratados internacionales o por convenios de reciprocidad entre ambos Estados.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 50

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona el consumo de drogas ilegales en la vía pública, colegios, estadios, bares o locales abiertos al público. Te arriesgas a multas de 1 a 10 UTM, asistencia obligatoria a programas de prevención o rehabilitación, o a realizar trabajos comunitarios por hasta 30 horas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 51

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que si consumes drogas en cárceles, comisarías o recintos militares siendo ajeno a ellos, o si lo haces en tu lugar de trabajo siendo profesor, médico o trabajador de la educación o salud, la multa se aplicará en su monto máximo legal de 10 UTM.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 52

Explicación en Lenguaje Simple:

Si no pagas la multa por consumo, puedes acordar sustituirla por asistencia a programas preventivos, rehabilitación o trabajos comunitarios. Si no aceptas, el juez aplicará reclusión, calculando un día de cárcel por cada tercio de UTM adeudada, con un límite máximo de seis meses de prisión.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 53

Explicación en Lenguaje Simple:

Las sanciones por consumo de drogas aplican también a los menores de 18 años, quienes serán derivados al juez de familia. Este podrá ordenar su asistencia obligatoria a programas de prevención o rehabilitación (sin afectar sus estudios o trabajo) o la realización de tareas comunitarias.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 54

Explicación en Lenguaje Simple:

Los juicios por consumo de drogas en público los resuelve el juez de garantía tras una denuncia policial. El juez ordenará que te examine un médico para determinar si tienes adicción, buscando aplicar la sanción que mejor ayude a tu rehabilitación y circunstancias personales.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 55

Explicación en Lenguaje Simple:

Exige que toda persona o empresa que fabrique, importe, exporte, transporte, vende o almacene sustancias químicas esenciales o precursores (usados para hacer drogas) se inscriba en un registro especial de la Subsecretaría del Interior. Sin esta inscripción vigente, no puedes realizar ninguna de estas actividades.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 56

Explicación en Lenguaje Simple:

Para registrarte debes entregar tus antecedentes e individualización completa. El trámite de inscripción será denegado si la persona natural o los representantes legales de la empresa registran condenas previas por delitos de drogas o lavado de activos, o si enfrentan una investigación formal en curso.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 57

Explicación en Lenguaje Simple:

Si estás registrado para manejar sustancias químicas, debes llevar un inventario detallado y registrar todos sus movimientos. La policía y la Subsecretaría del Interior fiscalizarán estos registros. Además, tienes la obligación de avisar por adelantado cualquier importación o exportación que realices.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 58

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que un reglamento fijará y actualizará la lista de sustancias químicas y precursores controlados, regulará el funcionamiento y renovación del registro especial, y coordinará la fiscalización entre las policías, la Subsecretaría del Interior, Aduanas y otros organismos públicos de control.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 59

Explicación en Lenguaje Simple:

Sanciona con multas de 40 a 1.000 UTM a quienes no se registren, no lleven inventario o no informen sobre el traslado de sustancias químicas controladas. Si repites la infracción, el juez puede ordenar la clausura temporal o definitiva de tu establecimiento comercial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 60

Explicación en Lenguaje Simple:

Si vendes o manejas sustancias químicas registradas y sospechas o tienes indicios de que un cliente usará los productos para fabricar drogas ilegales, debes detener la operación de inmediato y denunciar el hecho a las autoridades competentes antes de realizar la transacción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 61

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe a los abogados que trabajen para el Estado defender a personas imputadas por delitos de drogas. Infringir esta norma se sanciona con la destitución inmediata de tu cargo. Esta prohibición no afecta a los defensores públicos ni a los abogados de corporaciones de asistencia judicial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 62

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe otorgar penas alternativas o beneficios de cumplimiento libre en la cárcel a quien ya registre una condena anterior por delitos de drogas. La única excepción para acceder a estos beneficios es que se te reconozca la atenuante de cooperación eficaz en la investigación.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 63

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que un reglamento específico definirá el listado de plantas, solventes, gases y drogas prohibidas. También regulará los requisitos y condiciones de seguridad que se deben cumplir para obtener los permisos de siembra y cultivo autorizado y su posterior fiscalización.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 64

Explicación en Lenguaje Simple:

Deroga de forma definitiva la antigua ley de drogas número 19.366. Determina que cualquier mención que realicen otras leyes o reglamentos a esa antigua norma se entenderá referida directamente a la aplicación de la presente ley.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 65

Explicación en Lenguaje Simple:

Permite juzgar bajo la ley y tribunales chilenos los delitos de narcotráfico cometidos en el extranjero que tengan relación con Chile, al considerarlos legalmente como delitos graves que atentan contra la salud pública del país.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 66

Explicación en Lenguaje Simple:

Elimina de forma definitiva un artículo del Código de Justicia Militar que sancionaba penalmente el consumo o posesión de drogas por parte de personal de las Fuerzas Armadas en recintos militares.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 67

Explicación en Lenguaje Simple:

Modifica el Código Aeronáutico para eliminar la mención específica al consumo de drogas en los delitos cometidos por tripulantes a bordo de aeronaves, los que pasan a regularse directamente por las normas generales de la presente ley de drogas.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 68

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe que personas con adicción o dependencia a drogas ilegales asuman cargos de Ministro de Estado, Subsecretario, jefe de servicio o directivo público superior, a menos que justifiques el consumo por razones médicas. Debes presentar una declaración jurada que acredite no tener esta inhabilidad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 69

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe que personas con adicción o dependencia a drogas ilegales ejerzan los cargos de gobernadores regionales o consejeros regionales, salvo que justifiquen el consumo por tratamiento médico. Al asumir el cargo, debes presentar una declaración jurada que confirme no tener esta adicción.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 70

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe que personas con adicción o dependencia a drogas ilegales asuman o ejerzan los cargos públicos de alcalde o concejal en las municipalidades, salvo que acredites que el consumo está justificado por un tratamiento médico específico.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 71

Explicación en Lenguaje Simple:

Exige al Presidente y a los Ministros del Tribunal Constitucional que, antes de jurar y asumir sus cargos, firmen una declaración jurada que certifique que no tienen adicción a drogas ni ninguna otra inhabilidad legal para ejercer sus funciones.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 72

Explicación en Lenguaje Simple:

Exige a los Ministros del Tribunal Calificador de Elecciones que, antes de asumir sus cargos, realicen una declaración jurada que certifique que no registran dependencia a drogas ni ninguna otra inhabilidad legal para ejercer.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 73

Explicación en Lenguaje Simple:

Los fiscales y directivos del Ministerio Público deben declarar bajo juramento no tener dependencia a drogas antes de asumir. Si un fiscal adjunto presenta adicción, no será removido si lo confiesa voluntariamente y se somete a rehabilitación y controles médicos periódicos de consumo.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 74

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe a personas con adicción a drogas ilegales ejercer los cargos de consejero o directivo superior del Banco Central de Chile, salvo consumo por tratamiento médico. Al asumir, deben declarar bajo juramento no tener esta adicción y el banco adoptará controles preventivos.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 75

Explicación en Lenguaje Simple:

Prohíbe a personas con adicción a drogas ilegales ejercer como jueces o secretarios de tribunales. Además, ordena a la Corte Suprema dictar normas preventivas y aplicar controles aleatorios y reservados de consumo de drogas para todos los funcionarios del escalafón primario judicial.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 76

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que todos los gastos públicos adicionales que requiera la aplicación de esta ley se pagarán con cargo a los fondos presupuestarios asignados al Ministerio del Interior.

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Artículo 1Transitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Determina que esta ley solo se aplica a los delitos cometidos después de su entrada en vigencia. Los hechos anteriores se seguirán investigando y juzgando según las normas de la ley anterior de drogas de 1975, salvo en lo que beneficie penalmente al imputado.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 2Transitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece que mientras no se dicte el nuevo reglamento sobre las sustancias, plantas y solventes regulados por esta ley, seguirá plenamente vigente y aplicándose el reglamento que existía con anterioridad.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 3Transitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Establece reglas temporales para la Región Metropolitana antes del inicio de la reforma procesal penal, determinando que los jueces del antiguo sistema y el Consejo de Defensa del Estado mantendrían provisionalmente sus facultades para investigar el narcotráfico y tramitar libertades provisionales en consulta.

💡 Explicación Sencilla

Artículo 4Transitoriotransitorio

Explicación en Lenguaje Simple:

Faculta al Ministerio de Bienes Nacionales para subastar públicamente, dentro de 120 días, los bienes que hayan sido decomisados bajo la antigua ley de drogas, debiendo transferir todo el dinero obtenido al fondo especial de prevención y rehabilitación del Ministerio del Interior.

💡 Explicación Sencilla