Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para que, de la suma de $ 500,000, concedida por lei núm. 2,770 de 11 de Febrero de 1913, pueda invertir el saldo de $ 120,655.21, en los siguientes servicios: 1.°- Para pagar los gastos hechos en el sostenimiento de la Escuela Militar de Aeronáutica durante el año 1913___________$49,946 2.°- Para pagar el saldo que se debe por las construcciones hechas en el cuartel de Artillería Chorrillos de guarnicion en Talca_____________________________________ 27,821 3.°- Para la continuacion de los Almacenes de Subsistencias del Ejército________________ 42,888.21
