Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a cincuenta escudos mensuales, la pensión de que disfruta en la actualidad doña Flor de Armas viuda de Sepúlveda. El mayor gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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