Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Jorge Herreros Respaldiza una pensión de Eº 75 mensuales, de la cual disfrutará sin perjuicio de la que actualmente percibe. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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