Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, incluso el goce de trienios que goza el personal del Ministerio de Educación, en la hoja de servicios de doña Lidia Oliva Martínez, 9 años y 2 meses servidos como profesora de la Escuela N.o 14, de Máfil, del Departamento de Valdivia, desde el 1.o de Marzo de 1931 hasta el 1.o de Diciembre de 1934, y el lapso comprendido entre el 1.o de Marzo de 1935 hasta el 30 de Junio de 1940, en que se desempeñó como profesora de la Escuela N.o 31, de Los Lagos. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
