Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Salazar viuda del ex Senador don Máximo Venegas, una pensión de Eº 200 mensuales y, concédese, asimismo, a su hija doña Amelia Venegas, una pensión de Eº 75 mensuales de la que disfrutarán con derecho de acrecer entre ellas. El gasto que demande esta ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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