Artículo PRIMERO
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Comision de Policía Interior del Senado para invertir hasta la cantidad de quince mil pesos ($ 15,000) en la version i publicacion rápida de las sesiones de esta Cámara en la prensa diaria de Santiago i a la de veintiun mil pesos ($ 21,000) en los gastos jenerales de Sala i Secretaría.
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