Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir hasta la suma de veintitres mil quinientos cuarenta i un pesos treinta i seis centavos ($ 23,541.36) en el pago de obras de alcantarillado domiciliario del edificio fiscal en que funciona el Asilo de la Sociedad Protectora de la Infancia ubicado entre la calle de Bella-Vista i la Avenida del Mapocho, de Santiago, debiendo deducirse esta cantidad del ítem 3,780, partida 32 del Presupuesto del Ministerio del Interior.
