Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Inclúyese en los números 1.°, 2.° i 6.° del párrafo II de la lei número 2,899, de 15 de Julio del presente año, que autoriza por dieciocho meses el cobro de las contribuciones fiscales i municipales, la lei número 2,712, de 25 de Noviembre de 1912, por la cual se elevó a cinco por mil la contribucion de haberes i se duplicó el valor de las patentes profesionales, industriales i de vehículos en la comuna de Viña del Mar.
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