Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, al Ministro de la Corte Suprema, don Luis Barriga, derecho de jubilar con una pension igual al sueldo íntegro asignado a su empleo.
📜 Texto Legal Técnico
CONCEDE DERECHO A JUBILAR AL MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DON LUIS BARRIGA
Ley 2950 · 1 artículos · Versión BCN: 1914-11-20 · Ver en LeyChile ↗
ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, al Ministro de la Corte Suprema, don Luis Barriga, derecho de jubilar con una pension igual al sueldo íntegro asignado a su empleo.