Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Se autoriza al Presidente de la República para invertir la suma de novecientos diecinueve mil seiscientos cincuenta i nueve pesos 42 centavos, ($ 919,659.42) en la cancelacion del saldo del precio de 181,710 metros cuadrados de terreno, incluso los edificios del nuevo Manicomio en él levantados i comprados por el Gobierno a la Junta de Beneficencia de Santiago, obteniendo previamente de esta Junta que redima en arcas fiscales, con arreglo a la lei, censos por igual cantidad de pesos.
