Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Autorízase a la Municipalidad de Santiago para contratar, a un año plazo, un préstamo por un millon de pesos ($ 1.000,000) en el Banco de Chile o en otra institucion bancaria o prorrogar por igual tiempo la cuenta corriente que contrató a virtud de la lei númmero 2,817 de 12 de Noviembre de 1913 i en conformidad a las disposiciones de esa misma lei. La I. Municipalidad consultará en el Presupuesto que debe formar en el año venidero fondos para amortizar la cuenta corriente.
