Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Se incluyen entre las enunciaciones de la lei número 3,066, de 1.° de Marzo de 1916, que establece el Arancel Aduanero, las siguientes partidas con los derechos de internacion que se indica: 122a.- Arroz con o sin cáscara, aunque esté partido, K. B. _________________________________$ 0.04 139a.- Té a granel, K. N._______________________$ 0.90 139b.- Té en envase de papel o carton, K. N.____$ 1.00 139c.- Té en envase de hoja-lata o de otra materia, K. N.__________________________________$ 1.10
📜 Texto Legal Técnico
