Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Emma Dreckmann Klare, viuda del Veterano de la Campaña de 1879, don Amador Francisco del Campo Torres, una pensión de setenta y cinco escudos mensuales, de la que gozará sin perjuicio del montepío de que actualmente disfruta. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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