Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócense, por gracia, para todos los efectos legales, en la Hoja de Servicios de don Raúl Parada Ritchie, 10 meses servidos como Inspector ad-honorem en el Internado del Liceo de Hombres de Talca, desde el 1.o de Marzo de 1930 al 31 de Diciembre de 1930; 9 meses y 21 días como Inspector ad-honorem en el Instituto Nacional de Santiago, desde el 10 de Marzo al 31 de Diciembre de 1931; 4 años servidos como Inspector y Profesor del Liceo Nocturno N.o 1 de Concepción, durante los años 1932, 1933, 1934 y 1935; 7 meses servidos como Dactilógrafo en el Tercer Juzgado Militar de la Tercera División del Ejército desde el 1.o de Febrero al 31 de Agosto de 1933, y 2 años servidos como Inspector ad-honorem en el Internado del Liceo de Hombres N.o 1 de Concepción, durante los años 1935 y 1936. Será de cargo del beneficiario el pago de las imposiciones que deban integrarse a la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por el período a que se refiere el inciso anterior, debiendo liquidarse tales imposiciones sobre la base de la renta imponible de la primera renta mensual de que haya disfrutado el beneficiario con posterioridad al mencionado período.
