Artículo 1
Artículo 1.o- Concédese, por gracia, una pensión mensual vitalicia de uno y medio sueldo vital fijado para el Departamento de Santiago, a cada uno de los siguientes familiares de los voluntarios del Cuerpo de Bomberos de Santiago, fallecidos en el incendio del día 15 de Noviembre de 1962: Carmen Pol viuda de Duato, madre del voluntario de la 12a. Compañía de Bomberos, Rafael Duato Pol; Graciela Marín de Georgi, madre del voluntario de la 12a. Compañía de Bomberos, Eduardo Georgi Marín; María Inés Graciela Podestá Hernández, cónyuge del voluntario de la 4a. Compañía de Bomberos, Pedro Dolsahüt Román; Susana Azucena del Carmen Araya Díaz, madre del voluntario de la 6a. Compañía de Bomberos, Carlos Cáceres Araya; Elvira Godoy Guardia, madre del voluntario de la 6a. Compañía de Bomberos, Alberto Cuming Godoy; e Hilda Feliú González, madre del voluntario de la 3a. Compañía de Bomberos, Patricio Canto Feliú.
