Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la cantidad de setenta y cinco escudos mensuales, la pensión de que actualmente disfruta don Noé Carreño Tillería, en virtud de la ley N.o 11.381. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
