Artículo 1
Artículo 1.o Autorízase al Presidente de la República para que invierta hasta la suma de cinco millones de pesos en la edificación de una residencia para la Embajada de Argentina, en el solar situado en la Avenida Vicuña Mackenna N.os 41 al 45, de la capital. El Presidente de la República, para tales efectos, llamará a concurso a los arquitectos de nacionalidad chilena con domicilio en Chile.
