Artículo PRIMERO
ARTICULO PRIMERO.- Para solucionar la deuda pendiente de la Municipalidad de Santiago al Banco de Chile, contratada a virtud de la lei número 2,817, de 12 de Noviembre de 1913, i prorrogada de acuerdo con la lei número 3,035, de 13 de Noviembre de 1915, la Municipalidad realizará en subasta pública bonos de los que está autorizada para emitir por el artículo 2.° de la lei número 3,149, de 22 de Diciembre de 1916, por una cantidad equivalente a su monto en dinero.
