Artículo UNICO
ARTICULO UNICO.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta setenta mil pesos ($ 70,000), en la terminacion del Sanatorio comenzado por la Junta de Beneficencin en San José de Maipo. Autorízasele, igualmente, para invertir hasta la suma de diez mil pesos ($ 10,000,) en la instalacion de un dispensario para avariosos en Santiago.
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