Artículo UNICO
Artículo único.- La comuna de Quillen, del departamento de Traiguen, se denominará en lo sucesivo comuna de Perquenco.
📜 Texto Legal Técnico
LEI NÚM. 3.274, QUE DA EL NOMBRE DE PERQUENCO A LA COMUNA DE QUILLEN
Ley 3274 · 1 artículos · Versión BCN: 1917-09-08 · Ver en LeyChile ↗
Artículo único.- La comuna de Quillen, del departamento de Traiguen, se denominará en lo sucesivo comuna de Perquenco.