Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Juan Nogueira González el derecho a que se reliquide su actual pensión de jubilación a base del sueldo correspondiente al grado 1.o del Escalafón de Aduanas y con los beneficios concedidos por el artículo 63 de la ley N.o 10.343. El gasto que demande esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
