Artículo UNICO
Artículo único.- Reconócese, por gracia, para todos los efectos legales, en la hoja de servicios de don Orlando Alvarez Hernández, el lapso comprendido entre el 1.o de Marzo de 1953 hasta el 1.o de Febrero de 1958, en que se desempeñó como Oficial Ad-honores en el Segundo Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Santiago. El gasto que demande el cumplimiento de esta ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
