Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, en sesenta escudos mensuales (Eº 60), la pensión de que actualmente disfruta doña Blanca Vial viuda de Barros. El mayor gasto que represente la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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