Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a Eº 100 mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Dolores Ugalde viuda de Pinto. El mayor gasto que significa la aplicación de esta ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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