Artículo UNICO
Artículo único.- Auméntase, por gracia, a la cantidad de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales la pensión de que actualmente disfruta doña Laura Vargas Ravanal por ley N.o 12.379, de 14 de Diciembre de 1956. El mayor gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
📜 Texto Legal Técnico
