Artículo UNICO
Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Rosalía Evens Maldonado, una pensión de cincuenta escudos (Eº 50) mensuales. El gasto que represente la aplicación de la presente ley, se imputará al ítem respectivo de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.
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