Artículo UNICO
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de sesenta i cinco mil pesos ($ 65,000) en los gastos que demandó la atencion oficial del Excmo. señor Ministro de Relaciones Esteriores del Uruguay, don Baltasar Brum i su comitiva en su visita al pais.
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