Artículo 1
Artículo 1.° Se autoriza la inversion de la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000) en gastos jenerales de Secretaría, servicio de la guardia de la Cámara de Diputados, pago de servidumbre i adquisicion de uniformes de los Oficiales de Sala i de los guardianes i calzado de estos últimos i en la conservacion del jardin del Congreso. Se autoriza, asimismo, la inversion de la suma de sesenta mil pesos ($ 60,000) en la publicacion de las sesiones de la Cámara de Diputados en la prensa diaria.
